1.1.1. INDUSTRIA LÁCTEA
Año: 2005
Descripción:
"las empresas deberán hacerse cargo de la ropa de trabajo que exija para el desempeño de las tareas, según se acuerde en cada empresa"
1.1.1. INDUSTRIA LÁCTEA
Año: 2005
Descripción:
"las empresas deberán hacerse cargo de la ropa de trabajo que exija para el desempeño de las tareas, según se acuerde en cada empresa"
5.1 CURTIEMBRES Y SUS PRODUCTOS
Año: 2016
Descripción:
Las empresas comprendidas en el Grupo N°5 de los Consejos de Salarios "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Sub grupo 01 "Curtiembres y sus productos", como beneficio permanente, facilitarán los elementos necesarios de trabajo, como ser: Botas, guantes, zapatos industriales, delantales, equipos de agua (casaca y pantalón), etc, donde sea necesario su uso en las tareas que así lo requieran, conforme a lo dispuesto por el decreto 106/88 en cuanto sea aplicable a las tareas de curtiduría.
8.1.1 SECTOR METALÚRGICO
Año: 2013
Descripción:
A aquellos trabajadores que desempeñen tareas permanentes en espacios abiertos y/o expuestos a condiciones climáticas adversas le será entregada una campera de abrigo, ésta deberá ser entregada un año sí y otro no. También se tomará en cuenta para su elección que sea apta para la tarea que el trabajador desempeña, en especial la Seguridad Laboral.
12.1 HOTELES, APART HOTELES, MOTELES Y HOSTERIAS
Año: 2012
Descripción:
Ropa de trabajo. Se dispone la entrega, dos veces en el año, de la ropa de trabajo que utiliza el trabajador en forma habitual desarrollando la tarea designada, respetando normas municipales de higiene. Asimismo, se entregará una vez por año el calzado adecuado a la tarea que desempeña el trabajador. A todo trabajador nuevo se le otorgará también la ropa adecuada.
15.3 SERVICIOS DE ACOMPAÑANTES
Año: 2012
Descripción:
Uniformes. Los uniformes del trabajador estarán a cargo de la empresa, siendo los mismos adecuados para la tarea que el mismo desarrolla. Se otorgará un uniforme por año.
19.1 DESPACHANTES DE ADUANA
Año: 2016
Descripción:
Prima por vestimenta: Se incrementa a $3300 a partir de Octubre de 2016 la partida prevista en el convenio de 2011 para vestimenta, a abonar a aquellos trabajadores que no sean provistos de uniformes por sus empresas y que tengan una antigüedad mínima de un año. La partida antedicha será abonada en los meses de marzo y octubre de cada año.
22.1 PLANTACIONES DE CAÑA DE AZUCAR
Año: 2017
Descripción:
Ropa de trabajo e implementos. Los empleadores suministrarán a los trabajadores los implementos necesarios para realizar su tarea en forma segura y eficiente, en el marco de lo establecido en el Decreto 321/009.
2.1 INDUSTRIA FRIGORÍFICA
Año: 2014
Descripción:
Entrega gratuita de equipos y herramientas: En las secciones que corresponda, el operario será provisto sin cargo, de los siguientes elementos de trabajo: dos trajes, 2 pares de botas de goma por año y un casco aprobado por el BSE por única vez; 2 cuchillos por año; una vaina; una chaira y un gancho por una sola vez. Cuando se trabaje en tareas con agua u otros elementos que puedan afectar al operario o a su indumentaria, será provisto, de dos delantales impermeabilizados y dos equipos de agua por año para los trabajadores cuya tarea lo requiera.
6.2 ASERRADEROS
Año: 2013
Descripción:
Las empresas proporcionarán, sin costo, a sus trabajadores, para su uso obligatorio, a partir del año 2014 y durante la vigencia de este Convenio, lo siguiente:
9.1.00 INDUSTRIA E INSTALACIONES DE LA CONSTRUCCIÓN
Año: 2013
*Nuevo:
"ARTÍCULO 9) Campera: A partir del 2021, las empresas proporcionarán una vez cada dos años una campera de abrigo impermeable conjuntamente con la ropa de invierno en el mes de abril ... A los nuevos ingresos que se den entre los meses de abril y setiembre de cada año, las empresas suministrarán esta indumentaría al momento del ingreso."
Descripción:
El sector empleador y el sector trabajador acuerdan impulsar en la Comisión Tripartita de seguridad e higiene de la industria de la construcción la norma correspondiente para que las empresas suministren en forma obligatoria y gratuita 2 equipos de ropa (invierno y verano) durante el año, cuyas entregas se efectuarán en los 1° de abril y 1° de octubre de cada año a partir del 2014.
13.2.0 TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS INTERNACIONAL, ETC
Descripción:
Uniformes: Las empresas se obligan a proporcionar uniforme según sigue:
6.1. Personal de carretera y de atención al público: a) Camisa y pantalón - 3 (tres) camisas por año y 3 (tres) pantalones o polleras cada dos años, lo que se deberá reponer cuando haya deterioro justificado por el uso; b) Agrigo - Cuando su tarea lo requiera, se le deberá proporcionar un abrigo cada tres años; c) Corbata - Los trabajadores deberán usar corbata en las empresas que así lo dispongan y realicen la entrega de la misma.
16.1 JARDINES DE INFANTES Y GUARDERIAS
Año: 2016
Descripción:
Uniformes: En los casos en que el empleador lo exija o las tareas que el trabajador desampeña lo requieran, la institución entregará un uniforme anual, cuyo costo estará a cargo de la misma. En el caso de que el uniforme entregado se deteriore, durante el transcurso del año, por causas no imputables a la voluntad del trabajador, la institución entregará un segundo uniforme, a su costo.
20.1.0 ENTIDADES DEPORTIVAS
Año: 2015
Descripción:
Calzado deportivo. Las instituciones que exijan a sus docentes la utilización de calzado de marca especial deberán proporcionárselos gratuitamente.
Ropa para administrativos. A todo el personal administrativo se le entregará una vez al año un pantalón o una pollera y dos camisas, los que serán de uso obligatorio y serán entragados antes del 31 de marzo de cada año.
23.0 GRUPO MADRE
Año: 2013
Descripción:
Ropa de trabajo en criaderos de aves. Los criaderos de aves entregarán (sin costo) a sus trabajadores dos equipos de ropa de trabajo al año, conformados por: 2 pantalones, 2 camisas, y un par de zapatos o botas, según la necesidad. Se exhorta a los trabajadores al uso de dichos equipos, así como al uso de todo implemento necesario para la seguridad e higiene laboral.
3.2 PLANTAS PROCESADORAS DE PESCADO
Año: 2016
Descripción:
Las empresas proporcionarán la ropa, equipos y útiles de trabajo correspondientes al personal de plantas, según el siguiente detalle:
PLANTA (de carácter general): camisa, pantalón, - 2 equipos nuevo/año - cuchillo, chaira, piedra, descamador según corresponda. 2 pares botas/año y para el caso que se soliciten más de 2 pares en el año deberá verificarse que el estado de la que se devuelve tenga el desgaste propio de la actividad tornándolo inutilizable. Delantal y guantes /toda vez que sea necesario.
7.2 PRODUCTOS QUÍMICOS
Año: 2010
Descripción:
Las empresas entregarán a su personal obrero en forma gratuita dos mudas de ropa de trabajo como mínimo por año. Las empresas tendrán presente que en algunas fábricas se requerirá más de dos mudas de ropa dado el tipo de trabajo que se realiza.
10.1 TIENDAS
Año: 2008
Descripción:
Uniforme. Se distinguen tres situaciones diferentes: A) En los lugares de trabajo que se exija uniforme (es decir utilización de prendas con igual confección, tela y color) los trabajadores recibirán 2 uniformes al año, 1 de invierno y 1 de verano, que serán seleccionados por la empresa y será obligatorio su uso.
14.1.7 FIDEICOMISOS
Año: 2014
Descripción:
Uniforme: A partir de marzo de 2014, las empresas del sector otorgarán un uniforme anual a todo el personal.
18.4.2 TV ABIERTA INTERIOR
Año: 2013
Descripción:
Uniformes: se entragarán dos uniformes por año para todos los trabajadores del sector, el de invierno se deberá entregar antes del 30 de abril de cada año y los de verano antes del 30 de setiembre.
21.21 SERVICIO DOMESTICO
Año: 2008
Descripción:
Ropa y útiles de trabajo. El empleador proveerá de útiles de trabajo y vestimenta adecuada al trabajador, sin costo para éste. Dichos implementos serán utilizados y mantenidos exclusivamente en el lugar de desempeño de las tareas para el empleador que los proporciona.
24.0 FORESTACION
Año: 2016
Descripción:
Ropa de trabajo: Las empresas proporcionarán, dentro de un plazo máximo de diez días hábiles a partir de su ingreso, sin cargo y en carácter de préstamo, ropa de trabajo a sus operarios dos veces al año.
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